En Galan Palmero Abogados, seguimos obteniendo sentencias favorables contra las diversas entidades que han comercializado tarjetas de crédito revolving. Nos hacemos eco de una reciente del Juzgado de Primera Instancia 43 de Madrid, que es muy contundente contra este tipo de producto bancario.
No sólo estima nulo de pleno derecho el contrato de la tarjeta por usurario, ya que la misma tenía un TAE del 27,24%, muy superior al tipo medio que se aplicaba el 12 de marzo de 2015, cuando se formalizó la tarjeta. Sino que valora también la abusividad y falta de transparencia del contrato de tarjeta de crédito. Señala expresamente la sentencia en relación a las cláusulas de pago aplazado de la misma: “que resulta imposible que el consumidor determinar la carga económica del contrato”.
Por ello declara que es nula la tarjeta por tener un tipo de interés usurario y también por abusividad, por no ser transparente ni entendible para el consumidor. Condenado al BBVA a devolver todas las cantidades pagadas de esa tarjeta, por encima del capital prestado. Con condena en costas a BBVA.
Si tiene tarjetas de credito de cualquier entidad, Cofidis, Cetelem, Carrefour, Bankinter, Wizink, Santander Consumer, BBVA, Sabadell, Caixabankconsumer, ING, etc, pida información a GALAN PALMERO ABOGADOS. info@galanpalmeroabogados.es
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