Cuando se habla de recurso contencioso administrativo, se hace referencia a un procedimiento específicamente judicial. El mismo se interpone contra disposiciones generales y frente a actos presuntos o expresos, que tengan que ver con la Administración Pública, bien sea de carácter Central o Autonómica, pudiendo incluir de igual modo a procedimientos locales, poniendo fin a vías administrativas.
Pero, ¿qué es un recurso contencioso y cómo se procede para llevarlo adelante? En este artículo explicaremos lo más importante al respecto.
¿Qué es la interposición del recurso contencioso administrativo?
Es el que se interpone contra recursos de alzada a la resolución de un acto de reposición y a procesos económico-administrativos. Será así, aunque los mismos estén en proceso o ya sean definitivos, siempre y cuando produzcan indefensión hacia el particular. También será de esta manera cuando haya un perjuicio irreparable a intereses o derechos legítimos.
Este procedimiento igualmente se utiliza para casos de silencios administrativos y para actuaciones materiales y vías de hecho.
¿Cuáles son los juzgados y tribunales contenciosos-administrativos en Málaga?
A depender del caso, se acudirá al Juzgado Central o a las Salas de los Tribunales Superiores de Justicia. De igual forma se podrá acudir a la Sala de Audiencia Nacional o directamente al Tribunal Supremo según la autoridad que emita el acto administrativo que se pretenda recurrir.
¿Cuáles son las competencias de los juzgados administrativos contenciosos de Málaga?
Se pueden atender casos según la jurisdicción, para la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos, así como de determinación de indemnizaciones y elementos reglados, cuando estén relacionados a los actos del gobierno. Es importante destacar que no se discrimina en cuanto a la naturaleza de los mencionados actos.
También se atienden los procesos sobre contratos administrativos, de preparación y adjudicación, siempre y cuando dependan de la Administración pública. Asimismo, ocurre con la fiscalización concedente, dictados por los servidores públicos. De igual manera sucede con las responsabilidades patrimoniales o cualquiera de sus derivados, cuando estas no pueden ser resueltas en lo civil.
Cabe destacar que las competencias de los juzgados alcanzan todo lo relacionado con la ley. De tal forma que se pueden atender casos de prácticamente cualquier naturaleza.
Veamos el tipo de juzgados que se pueden constituir:
Juzgados unipersonales, centrales y salas contenciosas
Siendo los juzgados unipersonales los que se refieren a la primera instancia, siendo de inspección, gestión y recaudación de tributos. También sobre licencia en el uso del suelo así como lo referido a sanciones administrativas. Asimismo, se refieren a cuestiones de índole social como ruidos molestos, espectáculos públicos o juegos.
En cuanto a los juzgados centrales se concentran en los procesos dictados por secretarios de Estado y Ministros, salvo que incluyan a personal de la milicia. En relación a las salas contenciosas, las mismas se encargan de entidades locales y comunidades autónomas. Estos casos deberán ser específicamente en cuanto a lo personal, de administración y gestión patrimonial.
Lo mismo aplica para las cuestiones electorales y de otra índole cuando sean de carácter comunal.
¿Cuáles son los actos no incluidos en la jurisdicción contenciosa?
No podrán ser atendidos aquellos probables casos que estén atribuidos expresamente a órdenes civiles. Tampoco los casos considerados penales, aunque se encuentren relacionados a la Administración Pública, igualmente ocurrirá con cuestiones sociales, no atribuibles a la jurisdicción contenciosa administrativa.
Los casos militares tampoco estarán incluidos entre estas competencias. Lo mismo que los procesos entre Tribunales y la Administración Pública, así como las demandas ocurridas entre una misma administración. Siendo los mismos atribuibles a cada una de las jurisdicciones que corresponda.
¿Quiénes pueden representar en un proceso contencioso administrativo?
En este tipo de cuestiones legales la representación estará a cargo de abogados especialistas en la jurisdicción contenciosa administrativa. No obstante, los funcionarios públicos podrán representarse a sí mismos, a menos que requieran de un abogado especialista o de un procurador.
¿Cuál es el plazo para las interposiciones de recursos contenciosos en Málaga?
Los plazos son variables de acuerdo a la naturaleza del caso, siendo de dos meses para los actos expresos. En cuestiones de silencios administrativos serán seis meses para poder proceder ante el presunto acto. Se hace necesario aclarar que ante el rechazo de la petición, se podrá interponer un recurso.
Ahora bien, sí el recurso se dirige a una actuación en vía de hecho, el plazo será de diez días. De no proceder, se cuentan con veinte días para presentar el recurso correspondiente. Sin embargo, el plazo para los casos e protección de derechos fundamentales, será de diez días.
¿A qué se refiere la cuestión de ilegalidad en los recursos contenciosos de Málaga?
Es cuando un juez dicta sentencia firme estimatoria porque considera ilegal el contenido de las disposiciones del caso. Sin embargo hay que tomar en cuenta que esta cuestión deberá plantearse ante el tribunal competente. De esta manera se podrá conocer el recurso directo contra la disposición para poder actuar en consecuencia de ello.
Ahora bien, es altamente recomendable que en las cuestiones legales relativas a la instancia correspondiente, se cuente con especialistas en derecho. Los mencionados especialistas, tendrán que ser abogados acreditados y expertos en el área contenciosa administrativa, y conocer el manejo de las particularidades de cada caso.
¿Por qué se debe acudir a un abogado especialista en contencioso administrativo?
El contencioso administrativo tiene reglas propias, en particular en el fondo de la causa y su tratamiento por parte del juez. Así, en el mismo opera el principio inquisitivo, lo cual faculta al sentenciador de las más amplias competencias para ir más allá de lo alegado por las partes. Por lo tanto, se requiere de un experto que sea capaz de conocer las garantías judiciales que recaen en favor del particular, a objeto de evitar arbitrariedades o indefensión en cabeza del administrado.
En todo caso, en Galán Palmero contamos con los mejores expertos en la materia contencioso administrativa, por lo que no dude en contar con nuestros servicios.
